domingo, mayo 14, 2006

EL MITO DE LA SEPARACIÓN DE PODERES

Este texto es célebre. ¿Quién no conoce la teoría que pide que en todo buen gobierno se distinga rigurosamente el legislativo del ejecutivo y del judicial? ¿Que se asegure la independencia de cada poder para recibir de esta separación los beneficios de la moderación, la seguridad y la libertad? Tal sería el secreto del libro XI (...) inspirado a Montesquieu en ocasión de una estancia en Inglaterra en 1729-30, dónde descubriría un régimen radicalmente nuevo, que se proponía como objeto la libertad (...) La tesis del jurista Charles Eisenmann es que la teoría de Montesquieu ha engendrado un verdadero mito: el mito de la separación de poderes. Según muchos juristas el ideal político de Montesquieu coincidiría con un régimen en el que estuviera rigurosamente asegurada esta separación de poderes. Deberían existir tres poderes: el ejecutivo, el legislativo y el judicial. Cada poder abarcaría exactamente una esfera propia, una función propia, sin ninguna interferencia. Cada poder estaría asegurado por un órgano rigurosamente distinto (...) y no sería concebible ningún tipo de injerencia de un poder sobre otro (...) y además ninguno de los miembros que componen un órgano podría pertenecer al otro (...) La primera audacia de Eisenmann consistió en demostrar que esta famosa teoría no existía, simplemente, en Montesquieu. Basta leer con atención los textos para descubrir: 1. Que el ejecutivo se injiere en el legislativo puesto que el rey dispone del derecho de veto. 2. Que el legislativo puede, en cierta medida, ejercer un derecho de inspección sobre el ejecutivo, puesto que controla la aplicación de las leyes que ha votado (...) puede pedir cuentas a los ministros. 3. Que el legislativo se injiere seriamente sobre el judicial, puesto que en tres circunstancias se erige en tribunal (...) No se comprende muy bien cómo pueden conciliarse semejantes interferencias de los poderes, con la pureza de su separación. La segunda audacia de Eisenmann ha consistido en mostrar que en realidad no se trataba, en Montesquieu, de separación, sino de combinación, de fusión y de enlace de los poderes. El punto esencial de esta demostración consiste en comprender perfectamente que el poder judicial no es un poder en el sentido propio. Este poder es invisible y como nulo, dice Montesquieu. Y, de hecho, el juez es para él sólo una presencia y una voz. Es un hombre cuya función consiste única y exclusivamente en leer y decir la ley (...) Nos encontramos, pues, enfrente de dos poderes: el ejecutivo y el legislativo. Dos poderes, pero tres potencias: el rey, la cámara alta y la cámara baja. Es decir, el rey, la nobleza y "el pueblo". Y aquí es donde Eisenmann demuestra de forma convincente que el verdadero objeto de Montesquieu es precisamente la combinación, el enlace de esas tres potencias. Y que se trata ante todo de un problema político de relación de fuerzas, en vez de un problema jurídico que concierne a la definición de la legalidad y sus esferas.

LOUIS ALTHUSSER, Montesquieu: la política y la historia. Ed. Ariel, 1974.